El anciano: Cómo retirar al desordenado

Foto por Bartlomiej Stroinski
Foto por Bartlomiej Stroinski

Un artículo escrito por J. W. McGarvey.

 

 

CÓMO RETIRAR AL DESORDENADO

Hemos alcanzado la conclusión que en el acto de retirarse de un miembro desordenado, tanto la ancianía y la congregación como cuerpo debe participar. Ahora nos preguntamos qué parte en particular cada uno debe tomar. Aquí presentamos tres preguntas que cubren todo el terreno de la cuestión: 1. ¿Quién juzgará de los hechos? 2. ¿Quién juzgará de la ley en el caso? 3. ¿Quién ejecutará la sentencia de la ley?

Ningún escritor del Nuevo Testamento formalmente presentó alguna de estas preguntas, pero quedó suficiente en el record, creo, para determinar cuál era la práctica de las iglesias primitivas y cuál era la voluntad de los apóstoles. A los ancianos se les presenta como los pastores, supervisores y gobernantes de la iglesia, y estos títulos necesariamente implican que son los jueces designados de la conducta de los miembros. El pastor necesariamente debe tener conocimiento de la conducta de su rebaño y ser el más calificado para ser juez de ello, si es que está capacitado para ser pastor, que cualquier otra persona en el rebaño. El supervisor, por naturaleza de su oficio y trabajo, es un juez de los hechos en la conducta de aquellos bajo su supervisión. Y el gobernador que, como en este caso, no tiene autoridad legislativa, sino que tan sólo una autoridad ejecutiva concurrente, debe ser un gobernador principalmente en el sentido judicial del término. Agreguemos a estas consideraciones el hecho de la plena incapacidad de que una asamblea mixta de hombres, mujeres y niños haga decisiones sobre la disciplina de la iglesia, y nos vemos obligados a llegar a la conclusión de que los ancianos son los jueces de los hechos en cada caso.

La verdad de esta conclusión se confirma en experiencia. Donde casos de disciplina han sido examinados en la presencia de la asamblea entera y, tras presentar el testimonio, se les ha pedido a todos que voten sobre la cuestión, el resultado comúnmente ha sido confusión, pleitos y vergüenza, mientras que los fines de justicia rara la vez se logran. No hay ningún hombre sabio, por lo tanto, que no preferiría como jueces de alguna cuestión teniendo que ver con su reputación a un número pequeño de hombres cuidadosamente elegidos para el propósito más que un grupo misceláneo de gente. La sabiduría y experiencia del mundo está en acuerdo perfecto con la sabiduría de Dios al haber decidido que gobernantes elegidos serán los jueces sobre toda infracción de la ley.

¿Pero quién decidirá lo que la ley de Dios es en cada caso dado? Los apóstoles han respondido a esta pregunta al constituir a los ancianos como maestros de la iglesia. Ellos enseñan la ley de Dios y los miembros de la iglesia son sus estudiantes. La naturaleza misma de esta relación implica que los maestros les mostrarán a los estudiantes lo que es la voluntad de Cristo en cada circunstancia de la vida, y especialmente que cuando la ley es violada, tanto el precepto violado y el castigo acompañante será mostrado por ellos. Los ancianos, pues, en su capacidad como maestros, también son jueces de la ley en cada caso de desorden de conducta y es su deber mostrar la ley plenamente tanto al ofensor como a la congregación. Al ofensor mientras intenta recuperarlo, y a la congregación mientras intentan prepararles para retirar su compañerismo del que resulta ser irrecuperable.

Ahora suponemos que a un individuo se le ha encontrado culpable de una conducta desordenada y que persiste en ella a tal grado como para hacer que se necesario retirarse de él. La iglesia como un cuerpo, a modo que hemos visto, debe tomar parte en retirarse, bajo liderazgo de su ancianía. ¿Cuáles son los pasos exactos a tomar? Aquí las Escrituras callan y, por lo tanto, quedan a la discreción de cada iglesia las premisas. Cuando las Escrituras requieren que algo se haga y no prescriben ningún método para hacerlo, ese método que se encuentra más expedito es el que se debe adoptar. Este es el territorio apropiado para la eficiencia.

Ahora, el fin por lograr en el caso bajo consideración es la acción unida de los ancianos y discípulos en retirarse de una que se ha encontrado digno de exclusión de la iglesia. Cualquier método de procedimiento que asegura la armonía y concierto de acción en el caso debe ser pronunciado bueno. El método que ha sido adoptado en muchas iglesias bien reguladas, y la cual yo considero la mejor es la siguiente:

Los hechos del caso y la evidencia sobre la cual han sido acertadas son reportados por uno de los ancianos a nombre de todos. La ley de Cristo que ha sido violada se muestra y el deber de retirarse de las personas que persisten en violar esta ley se hace clara. Entonces se pregunta si hay una razón conocida a alguna persona de por qué la iglesia no debe retirarse de inmediato del ofensor. Se hace una pausa para permitir que cualquier persona hable que sepa o piense que sepa una razón para tal. Si alguno clama tener una razón, el caso se pospone de inmediato hasta que se pueda escuchar la razón y puede ser debidamente considerada por la ancianía, ellos siendo los jueces de su relevancia y suficiencia. Si no se ofrece ninguna razón o si, habiéndose ofrecido una razón que fue debidamente considerada y juzgada insuficiente, a la congregación entera se le pide que se ponga de pie y se una en el acto de retirarse. Si una mayoría de ellos lo hace, el anciano oficiando dice algunas palabras como las siguientes:

«En el nombre del Señor Jesucristo ahora solemnemente retiramos el compañerismo de esta congregación de __________, y humildemente le pedimos al Dios todopoderoso, nuestro Padre celestial, tener misericordia sobre él, que pueda ser traído al arrepentimiento y que su alma pueda ser salvado en el día del Señor Jesús. Amen.»

Decimos que la sentencia debe ser pronunciada, provisto que una mayoría de aquellos ensamblados tomen parte de ella, porque no puede ser propiamente considerado un acto de la iglesia si la mayoría se rehúsa a tomar parte. Tal negación, sin embargo, necesariamente debe ser una ocurrencia rara donde la ancianía tiene aún una medida pequeña de esa sabiduría y discreción que los debe caracterizar. En casi cada caso concebible, tal ancianía sabrá de antemano los sentimientos de la congregación y, o pospondrán la presentación del caso hasta que puedan instruir a los discípulos plenamente sobre el sujeto involucrado o concluirán, del predominio en la iglesia de una juicio adverso, que su propia decisión es de decoro dudable y que por eso la acción debe ser pospuesto indefinidamente. Tal cosa como una ruptura entre la iglesia y su ancianía es, por lo tanto, casi una imposibilidad, excepto donde los ancianos son tan incompetentes como para merecer un regaño o una derrota, o donde los miembros de la iglesia son tan corruptos que merecen el abandono de aquellos entre ellos que son verdaderamente fieles al Señor.

 

OTROS CAPÍTULOS

 

 
Para más información sobre J. W. McGarvey, visiten nuestra página BIOGRAFÍAS.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s